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Niños abandonados

Lo que más me sorprendió fue la cantidad de bautizos que hubo de niños abandonados por sus padres. Cuento hasta casi una docena de niños que dejaron abandonados a la puerta de las iglesias en espera de que alguien los recogiera. Alguno hasta con una carta debajo del brazo donde indicaba que ya estaba bautizado de socorro. ¿Qué suerte corrían estos niños?. Lo desconozco, pero lo más presumible era que los acogieran los que fueron sus padrinos, ya que entre otras cosas que manda el ritual Romano a los padrinos, es el parentesco que contraen con los bautizados. Es un parentesco espiritual, pero en estos casos no es de extrañar que fuera también material. De todos modos eso son solo suposiciones, entre otras cosas porque no leí nada sobre este asunto. Puedo deducir también que en esos tiempos existieran ya los Orfanatos. Pudiera ocurrir también que esos niños fallecieran pronto, como podemos ver más abajo en algún caso.

Parece mentira que en poblaciones tan pequeñas no se supiera quiénes eran los padres (o por lo menos la madre), pero solamente en dos ocasiones se pudo averiguar el nombre de los padres de los niños abandonados. Curiosamente en ninguna de ellas los padres pertenecían al valle Bedoya. Una pareja era de Pendes y la otra de Tama.

En venticuatro de Diziembre de mil setezientos cuarenta y tres, yo D. Pedro Gómez de Lamadrid, cura propietario de la parrochia de San Pedro de este valle de Bedoya, hice la solemnidad del bautismo que el ritual Romano dispone a un niño que se halló en el lugar de Trillayo, de dicha parrochia el día treze de Noviembre próximo, a quien se bautizó de socorro dicho día por persona inteligente. Díle por abogado a Nuestra Señora de las Merzedes y púsele por nombre Juan Antonio. Hizo oficio de padrino D. Gonzalo Carbón, natural de dicho lugar. Fueron testigos D. Cayetano de Monasterio, cura de Cobeña y Antonio Gutiérrez de Caviedes, vezino dicho lugar de Trillayo y valle de Bedoya, en donde lo firmo dicho día, mes y año.

Pedro Gómez de Lamadrid

Nota al margen: Juan Antonio, hijo que dijeron ser de Francisco de la Penilla y de María Sánchez de Monasterio, naturales del lugar de Pendes.

En veintiséis de Abril de dicho año de mil setezientos ochenta, yo D. Antonio Francisco del Peral Duque, cura de San Pedro de Bedoya, bautizé solemnemente sub conditione a un niño a quien puse por nombre Antonio y le puse por abogado a San Pedro, quien fue aparezido a la puerta de la Iglesia de esta mi parroquia con zedula (carta) de estar bautizado de socorro y no se ha podido averiguar sus padres. Fue su padrino Manuel Garcia, vecino de Esanos, de esta feligresía, a quien previne las obligaziones que contrajo y testigo Domingo de Lamadrid y Franzisco Eusebio de Salzeda. Y por no saber firmar dicho padrino, firmó un testigo dicho día, mes y año.

Francisco Eusebio de Salceda - Antonio Francisco del Peral Duque

En diezisiete de Setiembre de este año de mil setezientos noventa y ocho, yo D. Antonio Francisco del Peral Duque, cura de Bedoya, bautizé solemnemente a una niña a quien puse por nombre Maria y por su abogado a San Pedro, la que aparezió dicho día en la tobera (entrada) de esta mi parrochia de San Pedro. Fue su padrino Fernando Gómez de Bulnes, vezino de este lugar de San Pedro, a quien advertí el parentesco y demás obligaciones que contrajo. Testigos Angel de Salceda, Franzisco Eusebio y Franzisco Gómez, todos vecinos de esta feligresía. No han podido ser descubiertos los padres de la bautizada. Firmó el padrino y yo, dicho cura, y un testigo

Francisco Eusebio de Salceda - Antonio Gómez de Bedoya - Antonio Francisco del Peral Duque

En veintitrés de Setiembre de mil setezientos noventa y ocho murió Maria Petra, que fue apararezida en la tobera de esta mi parroquia y no se descubrieron los padres. Y por verdad lo firmo dicho día mes y año.

D. Antonio Manuel de el Peral Duque

En veinte y cuatro de Noviembre, digo de Octubre, de este año de mil ochocientos dos, murio un niño, hijo de padres incognitos. Su nombre hera Santiago. Y por ser cierto lo firmo como cura que soi de este valle dicho dia

Don Antonio Francisco del Peral Duque

En siete días del mes de Junio de mil ochozientos ocho, yo don Marcos Mediavilla, cura propio de San Pedro, exorcicé, puse los santos Óleos y Chrismas, suplí las demás ceremonias que previene el Ritual Romano a una niña que aparezió a las puertas de la parroquial de San Pedro. Púsela por nombre Manuela Juana. Fueron sus padrinos Manuel García y Juana González de Monasterio, vezinos de esta parrochia y testigos Francisco del Gaipo y José de la Fuente, vezinos de este valle de Bedoya. Y para que conste, lo firmo con un testigo y otro por no saber el padrino dicho dia, mes y año.

Nota: No la bauticé por traer esquela (carta) que decía estaba bautizada de socorro.

D. Marcos Mediavilla - Manuel García - José de la Fuente

En la iglesia parrochial de San Pedro de Vedoya, a seis de octubre de mil ochozientos quarenta y quatro, por orden del Sr. Alcalde constitucional, D. Cristobal Barrada, presbítero beneficiado de preste en el lugar de Celada de este obispado, con mi expresa lizencia, bautizó “sub conditione”, impuso los santos óleos y Chrismas y dio las demás condiziones que dispone el Ritual Romano, a un párvulo que pareció en el pórtico de dicha iglesia. Púsole por nombre Miguel y por abogado San Marcos Evangelista. Fue su padrino Miguel de las Cuevas de esta vecindad. Advirtióle el parentesco y obligaciones que contrajo. Fueron testigos Pedro de Dobarganes y Manuel Berdeja de esta vecindad. Y para que conste lo firmo dicho día el Sr. Baptizante, el padrino y yo el cura, día, mes y año ya dicho.

Cristobal Barrada

En la Iglesia parrochial de San Pedro de Bedoya, partido de Potes, provincia de Santander, Obispado de Palencia, a treze días del mes de Abril de este presente año de mil ochozientos cincuenta y tres, yo D. Santos Gutiérrez, cura propio del mismo, bautizé solemnemente, puse los Santos Óleos y Chrisma y dí las demás bendiciones de la Iglesia según dispone el Ritual Romano, a una niña de padres incógnitos. Púsele por nombre Celestina y por su abogado a S. Vicente. Fue su madrina Dª Vicenta Campuzano de esta vezindad y el padrino Antonio de Soberón, natural y vecino de este Concejo, y testigos Pedro de las Cuevas y María de la Fuente, también naturales del mismo valle y vecino el primero. Y para que conste, lo firmo junto al padrino y testigo, día, mes y año ut supra.

Pedro de las Cuevas - Antonio Soberón - D. Santos Gutiérrez

En la Iglesia parroquial de San Pedro de Bedoya, partido de Potes, provincia de Santander, Obispado de Palencia, a nueve días del mes de Mayo de este presente año de mil ochocientos cincuenta y cuatro, yo D. Santos Gutiérrez, cura propio de dicha parroquia y de su adjunta de Nuestra Señora de la O de Trillayo, bauticé solemnemente, impuse los Santos Óleos y Chrismas y di las demás bendiciones de la Iglesia, según dispone el Ritual Romano, a un niño de padres incógnitos. Le puse por nombre Miguel y por su abogado a San Gregorio. Fueron sus padrinos Antonio de Soberón y Dª Antonia del Corral, los dos vecinos de dicha parroquia, a quienes advertí el parentesco y demás obligaciones contraídas. Y testigos Manuel Gómez y Mariano de la Fuente, naturales del mismo Bedoya. Y para que conste, lo firmo junto al padrino y testigos, día mes y año ut supra.

Manuel Gómez - Mariano de la Fuente - D. Santos Gutiérrez

En la hijuela de Nuestra Señora de la O de Trillayo de este valle de Bedoya, partido de Potes, provincia de Santander, diócesis de Palencia, a veintiocho días del mes de Febrero de este presente año de mil ochocientos sesenta, con expresa licencia de D. Santos Gutiérrez, cura propio de San Pedro de Bedoya, D. Inocencio Briz que lo es de Santa Eulalia de Cobeña, bautizó solemnemente “sub conditione” a un niño de padres desconocidos que se halló en dicho barrio de Trillayo y le puse por nombre Román y por abogado Florentino. Fue su padrino José de las Cuevas y testigos Marcelo Gómez y Isidoro del Gaipo, todos los tres vecinos y naturales de dicho Trillayo. Y para que conste, lo firmo con el padrino y un testigo dicho día, mes y año ut supra.

José Cuevas - D. Santos Gutiérrez

En la Iglesia parroquial de San Pedro de Bedoya, partido de Potes, provincia de Santander, Obispado de Palencia, a catorce días del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cuatro, yo D. Santiago Pérez, coadjutor de Trillayo, en presencia de D. Santos Gutiérrez, y con licencia del mismo, bauticé solemnemente “sub conditione” en la forma que dispone el ritual romano, a una niña, hija de padres incógnitos. Púsela por nombre Petra y por abogado Francisca. Fueron sus padrinos Higinio de las Cuevas y Joaquina Pérez, natural de éste Concejo el padrino y la Joaquina del lugar de Ruesga, Obispado de León. Les advertí el parentesco y demás obligaciones contraídas. Fueron testigos Santos de la Fuente y José Gutiérrez, vecinos de éste Concejo de Bedoya. Y para que conste, lo firmo

Santos de la Fuente - D. Santiago Pérez – D. Santos Gutiérrez

En el lugar de Nuestra Señora de la O de Trillayo en este valle de Bedoya, partido judicial de Potes, provincia de Santander, diócesis de Palencia, yo Don Santiago Pérez, coadjutor del mismo, el día nueve de Diciembre de este presente año de mil ochocientos sesenta y cuatro bauticé solemnemente “sub conditione” un niño que se halló en dicho barrio, hijo de padres desconocidos. Le puse por nombre José y por abogado Felipe. Fue su padrino José de Monasterio, natural de dicho Trillayo, a quien advertí sus obligaciones contraídas y testigo José de las Cuevas, de la misma vecindad. Y para que conste, lo firmo con dicho padrino y testigo día, mes y año ut supra.

José de las Cuevas - D. Santiago Pérez - D. Santos Gutiérrez

Nota.- Advierto que en algunos Registros se cambiaron los nombres y apellidos para no herir posibles sensibilidades. De esta manera nadie se puede dar por aludido, pero podemos pensar que todos estamos involucrados. Esta es nuestra herencia.

José Angel Cantero, 15-02-13

 

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