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En la presentación de esta página web ya manifesté que la mayoría de los testimonios que aquí se recogen provienen de legajos y documentos que en la mayoría de los casos estaban olvidados, semi abandonados, o arrinconados por los desvanes de mis convecinos; una gran parte con evidentes signos de maltratos, quebrantos, o magulladuras que les pudieron ocasionar con el tiempo - en algunos casos siglos - tanto los ratones como los humanos. Pero de todos los documentos encontrados, sin duda el que mayor ilusión me hizo fue el toparme con las Ordenanzas del Valle de honor de Bedoya; corría el año 1.993 y ni siquiera el titular de dichos documentos era conocedor de su existencia.

Quiero añadir unas anotaciones para su mejor entendimiento:

- Las Ordenanzas del Concejo de Bedoya datan del año de 1.672.
- Fueron los "padres" de dichas Ordenanzas: D. Gerónimo de Rábago y D. Pablo García de Salceda, vecinos del citado Concejo, siendo el Escribano: D. Domingo de Cosío, vecino del pueblo de San Pedro.
- En el año de 1.780, el Corregidor y Juez Mayor de la villa de Potes y su Provincia de Liébana, el Sr. D. Francisco Antonio de Mendoza y Rivero, APROBÓ dichas Ordenanzas con la salvedad de que las penas impuestas a base de vino, se deberían convertir en dinero.
- La copia data del año 1.855 y la realizó D. José María Gutiérrez (1.833-1.901), vecino de San Pedro.
- En la citada copia ya se menciona que los cuatro primeros Capítulos no se pudieron copiar por estar deteriorado el original.

Debido a la antigüedad del documento, creo conveniente el hacer unas pequeñas definiciones de aquellas palabras que puedan parecer no muy usuales:


- ORDENANZA: Método, orden y concierto de las cosas que se ejecutan. Conjunto de preceptos, mandatos y reglas. Normativas de carácter general.
- MARAVEDÍS: Un real equivalía a 34 maravedís.
- MIEDRO: Aproximadamente 195 litros.
- AZUMBRE: Octava parte de la cántara: dos litros.
- CUARTERÓN: Es la cuarta parte de una libra, aproximadamente 100 gramos.
- ANSÍ: Así
- OTROSÍ: Además, también.
- PAN: Trigo.
- REBIELGA: Turno cada dos años para sembrar las heredades de trigo.
- BUELGA: Linde, mojón de heredades.
- EJIDO: Campo común.
- REMATE: Arrendamiento al mejor postor.
- ANIEDAR: Limpiar.
- EMBERENGAR: Pastar.
- DERROTAS: Alzamiento de un coto. Permiso que se da para que los ganados puedan pastar en terrenos una vez que se les retiró el fruto.
- BORIZO: Boyerizo, pastor.
- MERINO: Especie de Alguacil.
- VEZ: Vecería; lugar que a uno le corresponde cuando varias personas han de actuar por turno.
- RECILLA: Ganado menudo, corderos, cabritos...
- MARONES: Carneros, sementales de la oveja.
- ROCIN: Caballo de carga, no de silla; es decir: para trabajar y no para pasear.
- AIJADA: Hijada, sirve para picar a los animales para que anden más deprisa.
- HIJOS DE ALGO: “Hijosdalgo”. Gente de alta alcurnia.
- HOMBRES BUENOS: Pertenecientes al pueblo llano.
- VELADA: Casada.
- COMPELIR: Obligar.
- COLECTOR: Recaudador.
- DEHESAS: Terreno acotado y destinado a pastos.
- DEHESAS BOYALTES: Prados comunales.
- PRENDAS: Pagos pertenecientes a derramas, empeños o fianzas.
- MATA: Terreno de árboles generalmente de tallo bajo.
- LLAMAR: Señal acústica para que entreguen los ganados al pastor.
- DUENDO: Domado, manso.
- CERRIL: Sin domar.
- PAGO: Zona de tierras plantadas de viñedos.
- PASTURAS: Sitios donde pasta el ganado.
- GORBINES: Tela de seda.
- LLAMIZAS: Terrenos frescos, donde abunda el agua.
- REBUSCAR: Recoger el fruto que queda en las viñas después de quitada la cosecha.
- ARCOS: Aro de madera que abraza y abarca las tinas.
- TABLEJERIA: Vicio o costumbre de jugar.
- ENTREMIESES: Caminos por terrenos de sembrados.

 
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