En
la presentación de esta página web ya manifesté
que la mayoría de los testimonios que aquí
se recogen provienen de legajos y documentos que en la mayoría
de los casos estaban olvidados, semi abandonados, o arrinconados
por los desvanes de mis convecinos; una gran parte con evidentes
signos de maltratos, quebrantos, o magulladuras que les
pudieron ocasionar con el tiempo - en algunos casos siglos
- tanto los ratones como los humanos. Pero de todos los
documentos encontrados, sin duda el que mayor ilusión
me hizo fue el toparme con las Ordenanzas del Valle de honor
de Bedoya; corría el año 1.993 y ni siquiera
el titular de dichos documentos era conocedor de su existencia.
Quiero añadir
unas anotaciones para su mejor entendimiento:
- Las Ordenanzas
del Concejo de Bedoya datan del año de 1.672.
- Fueron los "padres" de dichas Ordenanzas: D. Gerónimo
de Rábago y D. Pablo García de Salceda, vecinos
del citado Concejo, siendo el Escribano: D. Domingo de Cosío,
vecino del pueblo de San Pedro.
- En el año de 1.780, el Corregidor y Juez Mayor de
la villa de Potes y su Provincia de Liébana, el Sr.
D. Francisco Antonio de Mendoza y Rivero, APROBÓ dichas
Ordenanzas con la salvedad de que las penas impuestas a base
de vino, se deberían convertir en dinero.
- La copia data del año 1.855 y la realizó D.
José María Gutiérrez (1.833-1.901), vecino
de San Pedro.
- En la citada copia ya se menciona que los cuatro primeros
Capítulos no se pudieron copiar por estar deteriorado
el original.
Debido a la
antigüedad del documento, creo conveniente el hacer unas
pequeñas definiciones de aquellas palabras que puedan
parecer no muy usuales:
- ORDENANZA:
Método, orden y concierto de las cosas que se ejecutan.
Conjunto de preceptos, mandatos y reglas. Normativas de carácter
general.
- MARAVEDÍS:
Un real equivalía a 34 maravedís.
- MIEDRO: Aproximadamente
195 litros.
- AZUMBRE: Octava
parte de la cántara: dos litros.
- CUARTERÓN:
Es la cuarta parte de una libra, aproximadamente 100 gramos.
- ANSÍ:
Así
- OTROSÍ:
Además, también.
- PAN: Trigo.
- REBIELGA:
Turno cada dos años para sembrar las heredades de trigo.
- BUELGA: Linde,
mojón de heredades.
- EJIDO: Campo
común.
- REMATE: Arrendamiento
al mejor postor.
- ANIEDAR: Limpiar.
- EMBERENGAR:
Pastar.
- DERROTAS:
Alzamiento de un coto. Permiso que se da para que los ganados
puedan pastar en terrenos una vez que se les retiró
el fruto.
- BORIZO: Boyerizo,
pastor.
- MERINO: Especie
de Alguacil.
- VEZ: Vecería;
lugar que a uno le corresponde cuando varias personas han
de actuar por turno.
- RECILLA: Ganado
menudo, corderos, cabritos...
- MARONES: Carneros,
sementales de la oveja.
- ROCIN: Caballo
de carga, no de silla; es decir: para trabajar y no para pasear.
- AIJADA: Hijada,
sirve para picar a los animales para que anden más
deprisa.
- HIJOS DE ALGO:
“Hijosdalgo”. Gente de alta alcurnia.
- HOMBRES BUENOS:
Pertenecientes al pueblo llano.
- VELADA: Casada.
- COMPELIR:
Obligar.
- COLECTOR:
Recaudador.
- DEHESAS: Terreno
acotado y destinado a pastos.
- DEHESAS BOYALTES:
Prados comunales.
- PRENDAS: Pagos
pertenecientes a derramas, empeños o fianzas.
- MATA: Terreno
de árboles generalmente de tallo bajo.
- LLAMAR: Señal
acústica para que entreguen los ganados al pastor.
- DUENDO: Domado,
manso.
- CERRIL: Sin
domar.
- PAGO: Zona
de tierras plantadas de viñedos.
- PASTURAS:
Sitios donde pasta el ganado.
- GORBINES:
Tela de seda.
- LLAMIZAS:
Terrenos frescos, donde abunda el agua.
- REBUSCAR:
Recoger el fruto que queda en las viñas después
de quitada la cosecha.
- ARCOS: Aro
de madera que abraza y abarca las tinas.
- TABLEJERIA:
Vicio o costumbre de jugar.
- ENTREMIESES:
Caminos por terrenos de sembrados.
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